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CM: Visa tránsito en Panamá para nacionales de Cuba

Estimadas Agencias de Viajes,

La Dirección de Migración de Panamá ha informado la continuidad del requisito dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 162 del 19 de diciembre de 2022, que establece la visa de tránsito para pasajeros o tripulantes nacionales de Cuba, que viajen por la República de Panamá. Este requisito se mantiene en plena vigencia hasta nuevo aviso.

Puntos importantes:

  • La visa de tránsito es válida por el tiempo que dure esta medida y solo autoriza a permanecer en el área de tránsito internacional del aeropuerto hasta por 24 horas para que el pasajero pueda continuar su viaje.
  • Debe ser solicitada personalmente por el pasajero ante el consulado panameño del país en que se encuentra o a través de apoderado legal en la Sede del Servicio Nacional de Migración en Panamá, con un plazo mínimo de 30 días hábiles antes de la fecha de viaje.
  • El costo de la visa de tránsito es de USD$50.00.

Excepciones:

  • Pasajeros que viajen hacia Cuba.
  • Pasajeros que mantengan visa de turista o residencia de Panamá vigente.
  • Pasajeros que posean residencia vigente o posean visa múltiple vigente previamente utilizada en el territorio del Estado otorgante con una vigencia no inferior a 6 meses al momento de tránsito, debidamente otorgada por Canadá, Estados Unidos, Australia, Corea, Japón, Reino Unido e Irlanda del Norte, Singapur y cualquiera de los países de la Unión Europea.
  • Pasajeros que posean residencia permanente en terceros países y viajen de retorno a estos.
  • Pasajeros que posean visa de ingreso vigente del país de destino final.
  • Pasajeros que demuestren tener contrato de trabajo en su país de destino, que contenga los sellos de registro de la autoridad competente en ese país, debidamente apostillado o legalizado según corresponda.

 

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